La cesión de derechos hereditarios es un acto legal que permite a un heredero transferir sus derechos hereditarios a otra persona, con o sin pago de por medio.
Permite al heredero salir de la herencia, evitando conflictos o trámites prolongados.
Permite al adquirente participar en la sucesión, asumiendo los derechos y obligaciones del heredero original.
Facilita la transferencia legal de derechos hereditarios, ya sea entre herederos o a un tercero interesado.
Puede ser una oportunidad de inversión, adquiriendo derechos sobre la herencia antes de la partición.
Nos encargamos de todo para que puedas ceder o adquirir derechos hereditarios sin errores ni complicaciones legales, con total seguridad.
Incluye:
1. Evaluación inicial (gratuita)
Nos contactas, analizamos tu caso y resolvemos tus dudas.
2. Presupuesto personalizado.
Te enviamos una propuesta clara y ajustada a tu caso.
3. Tramitación integral.
Aprobada la propuesta, iniciamos el trámite legal con acompañamiento experto en cada etapa.
Duración estimada:
Elaboración del contrato y firma en notaría: entre 2 y 5 días hábiles.
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (si hay inmuebles): entre 15 a 30 días hábiles, según el Conservador correspondiente.
Cuando la cesión implica un pago de dinero (como en una compraventa), la ley exige que se formalice mediante escritura pública firmada ante notario para que sea válida. Si en la herencia existen bienes inmuebles, recomendamos además inscribir la cesión de derechos hereditarios en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, a fin de dejar debida constancia de la transferencia.
La cesión de derechos hereditarios tiene plena validez legal en Chile, siempre que se cumplan los requisitos y formalidades establecidos por la ley.
Para realizar una cesión de derechos hereditarios en Chile, se requiere la siguiente información básica:
Del causante (fallecido): Nombre, RUT, fecha de defunción, y antecedentes de la posesión efectiva si ya fue otorgada.
Del cedente y cesionario: Nombre, nacionalidad, RUT, estado civil, profesión u oficio y domicilio.
Para cesiones por compraventa:
Precio pactado y forma de pago.
Los documentos básicos son los siguientes:
Consejo práctico: verifique siempre con un abogado especializado qué documentos adicionales podrían requerirse según su caso particular.
Para ceder derechos hereditarios, es necesario ser el titular legítimo de dichos derechos. Pueden cederlos tanto los herederos directos del fallecido como cualquier persona (heredera o no) que haya adquirido los derechos mediante una cesión previa. La titularidad se demuestra con documentos como la posesión efectiva, testamento o el contrato de cesión anterior, según corresponda.
En una cesión de derechos hereditarios participan:
El cedente: Titular original de los derechos hereditarios que los transfiere.
El cesionario: Persona que adquiere dichos derechos mediante la cesión.
La cesión de derechos hereditarios transfiere al cesionario la posición jurídica del cedente en la herencia. Esto significa que el cesionario:
Adquiere los mismos derechos y obligaciones que tenía el heredero original.
Puede realizar todos los trámites sucesorios: solicitar la posesión efectiva, participar en la partición de la herencia, reclamar bienes o demandar el término de uso gratuito de los bienes, entre otras acciones propias de los herederos.
Los requisitos son los mismos que para ceder a terceros:
En Chile no existe una norma específica que exija expresamente la inscripción de la cesión de derechos hereditarios en el Conservador de Bienes Raíces. Sin embargo, cuando la herencia incluya bienes inmuebles, recomendamos siempre inscribirla para:
Dejar constancia formal de la transferencia
Proteger los derechos del cesionario frente a terceros
Garantizar la seguridad jurídica de la operación
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