CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS

Cede o adquiere derechos hereditarios de forma segura y sin complicaciones

¿Qué es la cesión de derechos hereditarios?

Es un acto legal mediante el cual una persona transfiere sus derechos en una herencia a otro heredero o a un tercero, con o sin pago de por medio.

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Preguntas Frecuentes (FAQ)

La cesión de derechos hereditarios es el acto jurídico mediante el cual un heredero (cedente) transfiere total o parcialmente su cuota hereditaria a otra persona (cesionario). El cesionario adquiere todos los derechos y obligaciones vinculados a esa parte de la herencia cedida.

Cuando la cesión implica un pago de dinero (como en una compraventa), la ley exige que se formalice mediante escritura pública firmada ante notario para que sea válida. Si en la herencia existen bienes inmuebles, recomendamos además inscribir la cesión de derechos hereditarios en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, a fin de dejar debida constancia de la transferencia.

La cesión de derechos hereditarios tiene plena validez legal en Chile, siempre que se cumplan los requisitos y formalidades establecidos por la ley.

Para realizar una cesión de derechos hereditarios en Chile, se requiere la siguiente información básica:

  1. Del causante (fallecido): Nombre, RUT, fecha de defunción, y antecedentes de la posesión efectiva si ya fue otorgada.

  2. Del cedente y cesionario: Nombre, nacionalidad, RUT, estado civil, profesión u oficio y domicilio.

Para cesiones por compraventa:

  • Precio pactado y forma de pago.

Los documentos básicos son los siguientes:

  • Certificado de defunción del causante (persona fallecida).
  • Certificado de nacimiento (para hijos/padres)
  • Certificado de matrimonio (para cónyuge)
  • Testamento (si existe)
  • Posesión efectiva (si ya fue otorgada)
 

Consejo práctico: verifique siempre con un abogado especializado qué documentos adicionales podrían requerirse según su caso particular.

Para ceder derechos hereditarios, es necesario ser el titular legítimo de dichos derechos. Pueden cederlos tanto los herederos directos del fallecido como cualquier persona (heredera o no) que haya adquirido los derechos mediante una cesión previa. La titularidad se demuestra con documentos como la posesión efectiva, testamento o el contrato de cesión anterior, según corresponda.

En una cesión de derechos hereditarios participan:

  1. El cedente: Titular original de los derechos hereditarios que los transfiere.

  2. El cesionario: Persona que adquiere dichos derechos mediante la cesión.

La cesión de derechos hereditarios transfiere al cesionario la posición jurídica del cedente en la herencia. Esto significa que el cesionario:

  • Adquiere los mismos derechos y obligaciones que tenía el heredero original.

  • Puede realizar todos los trámites sucesorios: solicitar la posesión efectiva, participar en la partición de la herencia, reclamar bienes o demandar el término de uso gratuito de los bienes, entre otras acciones propias de los herederos.

Los requisitos son los mismos que para ceder a terceros:

  • Acreditar ser heredero (Certificado de nacimiento, testamento o posesión efectiva si ya fue otorgada)
  • Firmar escritura pública (si se paga un precio por la cesión de derechos).
  • Inscribir en el Conservador de Bienes Raíces (si hay inmuebles en la herencia).

En Chile no existe una norma específica que exija expresamente la inscripción de la cesión de derechos hereditarios en el Conservador de Bienes Raíces. Sin embargo, cuando la herencia incluya bienes inmuebles, recomendamos siempre inscribirla para:

  1. Dejar constancia formal de la transferencia

  2. Proteger los derechos del cesionario frente a terceros

  3. Garantizar la seguridad jurídica de la operación